La nueva Ley de Naturalización alemana entró en vigor el 27.06.2024. Esta no solo simplifica el proceso de naturalización, sino que también permite, en general, la nacionalidad múltiple, es decir, entre otras cosas, un extranjero puede ahora adquirir la nacionalidad alemana sin tener que renunciar a su nacionalidad anterior.
Muchos se preguntan ahora si esto se aplica también a los alemanes que desean adquirir la nacionalidad extranjera, especialmente la española, por naturalización.
En primer lugar, cabe señalar que, de conformidad con el artículo 25 del StAG (versión antigua), desde el 28 de agosto de 2007 los ciudadanos alemanes pueden conservar su nacionalidad alemana con arreglo a la legislación alemana si adquieren la nacionalidad de un Estado miembro de la UE o de Suiza. Anteriormente, un ciudadano alemán tenía que obtener la denominada autorización de retención. Hasta el 27 de junio de 2024, este seguía siendo el caso para las nacionalidades de fuera de los países mencionados.
Con la entrada en vigor de la Ley de Modernización de la Ciudadanía el 27.06.2024, un ciudadano alemán ya no necesitará un permiso de retención, independientemente de la nacionalidad extranjera que desee adquirir.
Sin embargo, otro problema mucho mayor es que la nueva normativa sobre nacionalidad múltiple es legislación alemana, pero en los casos de doble nacionalidad no sólo hay que fijarse en la legislación de un país, sino también en la del país cuya nacionalidad también se desea adquirir. Por tanto, la ley extranjera también debe permitir la doble nacionalidad.
Si un ciudadano alemán desea ahora adquirir además la nacionalidad española, la única cuestión que se plantea hoy en día es si la ley de nacionalidad española permite la doble nacionalidad. En España, la norma general es que una persona que adquiere la nacionalidad española por naturalización debe renunciar a su nacionalidad anterior. Hay algunas excepciones, pero a falta de un acuerdo entre España y Alemania sobre la doble nacionalidad, Alemania no es una de estas excepciones.
Para los nacionales alemanes, esto significa que deben renunciar a su nacionalidad alemana si desean adquirir la nacionalidad española por naturalización. La declaración de renuncia se hace ante la Oficina Federal de la Administración para personas con residencia habitual en el extranjero. Sin embargo, una declaración ante una autoridad española no conduce a una renuncia efectiva.
Autor:
Dr. Dominic John Patrick Porta, LL.M.
Abogado (Colegio de Abogados de Düsseldorf n° 52954)
Abogado (ICAIB n° 6645)
dominic.porta@anwaltmallorca.eu
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